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Condiciones Generales de las compañías con las que operamos

  • Le Boat
  • Nicols

Condiciones Generales Le boat de Alquiler de Barcos 2011
Preámbulo
En las presentes condiciones generales, se entiende por:
 – “la Compañía” la sociedad de alquiler con la cual fue establecido el contrato, es decir la sociedad con la cual el barco fue reservado. Si se trata de un barco Crown Blue Line, “la Compañía” es CROWN BLUE LINE, sociedad anónima con un capital de 856 000 € inscrita en el Registro Mercantil y de Sociedades de Carcassonne bajo el número 310 784 434. Si se trata de un barco Connoisseur o Emerald Star, “la Compañía” es CONNOISSEUR, sociedad anónima con un capital de 2.896.539 € inscrita en el Registro Mercantil y de Sociedades de Narbonne bajo el número 356 495 611.
 – Las compañías Connoisseur, Emerald Star y Crown Blue Line están reunidas bajo el nombre comercial LE BOAT.
 – “el Arrendatario”: la persona quien firma el contrato de arrendamiento;
 – “el Jefe de a bordo”: la persona que toma posesión del barco y a quien se entregan los documentos de navegación de recreo después de una formación el día de salida; – “el barco”: el barco que ha reservado el Arrendatario, o que se pone a disposición del Arrendatario o del Jefe de a bordo;
 – “Embarque”: la toma de posesión del barco por el Arrendatario o el Jefe de a bordo;
 – “Desembarque”: la restitución del barco por el Arrendatario o el Jefe de a bordo a la Compañía;
 – “Fuerza mayor”: los eventos que defi ne el artículo 7 de estas condiciones generales. Interpretación El conjunto de este contrato, incluyendo el preámbulo, constituye las condiciones generales de arrendamiento. La nulidad de una cláusula de las condiciones generales no ocasiona la nulidad del conjunto de ellas. La cláusula declarada nula deberá de ser reemplazada por las disposiciones que más se acerquen a las disposiciones anuladas, habida cuenta de la economía general del contrato, tal como lo expresan las partes.
1. Reservas
Un barco será reservado y el contrato de arrendamiento entrará en vigor únicamente:
 a) Cuando la Compañía reciba el contrato de arrendamiento cumplimentado, firmado y acompañado por el anticipo correspondiente, y
 b) Cuando la Compañía emita una confirmación de reservación: ésta se compromete a enviar una factura que confirma la reservación en un plazo de 10 días tras recibir el anticipo y el contrato de arrendamiento debidamente cumplimentado y firmado.
 c) Las opciones (reservaciones provisorias) se conservarán siete días y serán anuladas automáticamente de no recibir la Compañía el contrato de arrendamiento y el anticipo del 35%.
 d) De realizarse una reservación menos de seis semanas antes de la salida, el Arrendatario deberá pagar la totalidad de la suma para que la Compañía tome en cuenta su reservación.
2. Saldo de la reservación
El Saldo del arrendamiento debe ser pagado a la Compañía o a sus Agentes, 6 semanas antes de la salida. De no recibir la Compañía el pago a tiempo, ésta se reserva el derecho de anular la reservación sin reembolsar el anticipo. Los pagos efectuados a Agentes serán retenidos por éstos por cuenta del Arrendatario, hasta que la Compañía envíe una confirmación de reservación.
3. Tarifas
Las tarifas indicadas en el folleto están calculadas según tasas de cambio, impuestos y cánones en vigor en junio del 2010. De ocurrir una variación importante de estos parámetros, la Compañía se reserva el derecho de revisar sus tarifas.
4. Capacidad de los arrendatarios
El Arrendatario y el Jefe de bordo deberán ser mayores de edad (en Irlanda se considera mayor de edad a 21 años) para navegar se necesita mínimo 2 adultos (o un adulto y un niño de más de 16 años). Si el Arrendatario no es el Jefe de a bordo, se comprometerá a transmitir a este último todos los documentos e informaciones que la Compañía le haya proporcionado previamente. Se entregará al Jefe de a bordo un documento de navegación de recreo tras una formación dispensada el día de salida, que le permita adquirir los conocimientos necesarios para practicar la navegación y que le autorice a asumir la responsabilidad de un barco alquilado. El Jefe de a bordo es responsable de sus actos y de aquellos de su tripulación. Debe en particular ajustarse a la reglamentación fluvial en vigor, a las instrucciones que dispensen las autoridades fluviales, a la obligación previa de formación y a todas las normas que impongan la prudencia y la seguridad. Cualquier persona que tenga que encargarse del mando del barco debe contar con un documento de navegación de recreo. De incumplir el Jefe de a bordo las normas legales y reglamentarias, o las normas de prudencia y de seguridad, en particular desarrollando un comportamiento que conlleve riesgos para la seguridad de las personas o de los bienes, como por ejemplo, demostrando una incapacidad manifi esta, o estando bajo la influencia de productos alcohólicos o estupefacientes u otras substancias que alteren la conciencia o la capacidad de reaccionar, la Compañía se reserva el derecho de negarse a entregar el barco, retomar posesión de éste o interrumpir el crucero sin previo aviso. En dichas circunstancias, la responsabilidad de la Compañía no podrá verse comprometida ni podrá ser considerada responsable por todos los gastos adicionales que haya generado la conducta del Jefe de a bordo.
5. Seguro del Barco
La Compañía se encargará del seguro que cubre los daños accidentales que sufra(n) el barco o terceros debidos a éste. La póliza de seguro no cubre la rotura del material, un mantenimiento deficiente del barco ni la pérdida o daños que sufran los bienes personales del Arrendatario, del Jefe de a bordo o de las personas embarcadas. La póliza de seguro no garantiza los accidentes de los que puedan ser víctimas las personas embarcadas, y de forma limitativa, su responsabilidad civil. Llegado el caso, el Arrendatario será informado que le corresponde suscribir un complemento de seguro para cubrir los daños personales o la garantía de responsabilidad civil referente a todas las personas que se encuentren a bordo. Contacte con nuestro equipo de ventas para suscribir nuestro seguro de viajes.
6. Garantía o rescate de franquicia
Antes del embarque, el Arrendatario o el Jefe de a bordo deberá entregar a la Compañía una fianza o un seguro a todo riesgo (rescate de franquicia) a fi n de cubrir los daños eventuales al barco el seguro no cubre los gastos de remolque en caso de error de navegación. Para ello, el Arrendatario o el Jefe de a bordo elegirá entre una de las fórmulas siguientes: Fórmula 1: Fianza reembolsable; Fórmula 2: Rescate de franquicia no Reembolsable.
 Fórmula 1: Fianza reembolsable:
al llegar, el Arrendatario o el Jefe de a bordo pagará una fianza reembolsable (de 1120 a 1710 € según el modelo de barco - detalle por modelo de barco disponible a petición o en nuestra página web ) La Compañía podrá retener esta suma parcial o totalmente si el barco es devuelto sucio o dañado, si los equipos del barco han sido perdidos, dañados o robados, si no lo devuelve el Arrendatario o el Jefe de a bordo en el estado en el que fue entregado según el inventario de salida, o si ha causado daño a terceros, dado que la Compañía está comprometida como propietaria del barco. La Compañía podrá reclamar al Arrendatario o al Jefe de a bordo el pago de todos los gastos incurridos, incluso por encima del importe de la garantía, de haber sido dañado o descuidado el barco voluntariamente.
Fórmula 2: Seguro no reembolsable:
El Arrendatario o el Jefe de a bordo puede pagar una suma fija de 90€ a 220€ (detalle de los precios por barco disponibles en nuestra página web o contactando con nuestro equipo de ventas) al llegar a la base o al hacer la reservación, con esta fórmula, el Arrendatario está totalmente cubierto si el barco es dañado, o si se ha causado daño a terceros. El seguro no cubre los daños, pérdida o robo de los equipos del barco La compañía podrá exigir el reembolso de los equipos al arrendatario o al jefe de bordo. No aseguramos daños provocados intencionalmente o en caso de grave negligencia suya.
7. Fuerza mayor
Nuestros equipos se esforzarán por intervenir lo más rápidamente posible de ocurrir algún problema, pero la Compañía no podrá ser considerada responsable y no efectuará reembolso alguno, si se ven retardadas estas intervenciones o si son imposibles en caso de fuerza mayor. Esto incluye la destrucción o los daños que sufra el barco por las siguientes razones: incendio, inundación, explosión, tormenta o incidentes climáticos; daños accidentales o criminales ajenos a nuestra voluntad, lo que también incluye las crecidas o falta de agua en las vías navegables, obstrucción o reparación de las vías navegables o de las esclusas o cualquier otro equipo, así como la restricción o falta de gasóleo, motines, huelgas, acciones industriales o desastre nuclear, incendio, intemperie, bloqueo de puertos, guerra o amenaza de guerra, actos o amenazas terroristas, que no permitan a la Compañía poner el barco a disposición del Arrendatario o cuya consecuencia sea una interrupción del crucero. Reclamaciones: si el arrendatario deseara efectuar una reclamación durante el crucero, debe informar inmediatamente al Jefe de base sobre ello, a fin de que se tomen disposiciones rápidamente
8. Embarque / Desembarque, Trayectos
Hora normal de embarque: entre 04h00 y 06h00 de la tarde. Hora normal de desembarque: a las 9 por la mañana. Con un suplemento y según las disponibilidades puede pedir un embarque prioritario (entre 12h y 14h) y una Devolución tardía (12h) La Compañía se reserva el derecho -por razones operacionales ajenas a su voluntad (como crecidas, reparación inopinada de esclusa, cierre o reparación imprevistos de vías navegables de cambiar de lugar de embarque o desembarque, invertir el sentido de los cruceros de Ida sólo, cambiar el viaje de sólo ida en ida y vuelta, o viceversa, poner a disposición un barco de capacidad y estándares similares o superiores. Si estos mismos eventos hacen imposible el crucero, las sumas pagadas podrán considerarse como adelanto para un viaje posterior, que acordarán las partes. Estas modificaciones nunca podrán ser causa de una anulación y no ocasionarán ningún incremento del precio del alquiler del barco a cargo del Arrendatario. Además, la Compañía reembolsará cualquier suplemento pagado por un viaje de sólo ida convertido en ida y vuelta.
9. Límites de navegación
Los barcos podrán navegar únicamente dentro de los límites que indica la documentación que entregue la Compañía al Arrendatario o al Jefe de a bordo en su base de salida. El Jefe de a bordo y el Arrendatario deben respetar la reglamentación fluvial en vigor, las instrucciones dispensadas por las autoridades fluviales, la prohibición de prestar o de subarrendar el barco, de embarcar a más personas que el número autorizado, y observar todas las normas de prudencia y seguridad. La Compañía se reserva el derecho a limitar los sectores de navegación si las condiciones de navegación son inciertas o inhabituales. Recibirá antes de la salida la documentación detallada de su región de crucero. Los eventuales gastos de remolque causados por no respeto de las reglas de navegación o de las indicaciones de navegación tendrán que ser pagados por el arrendatario o el jefe de bordo.
10. Impracticabilidad de la vía navegable / restricción de navegación
La Compañía no se hace responsable ni realiza reembolso alguno en caso de interrumpirse el crucero o de limitarse el trayecto previsto por el Arrendatario o el Jefe de a bordo, debido al cierre de vías navegables, reparaciones, inundaciones, sequía o cualquier otra causa ajena al control de la Compañía. En estas condiciones, la compañía puede cambiar las fechas y lugar de inicio y final del crucero abordo de un barco de misma capacidad o de capacidad superior. Si estas mismas condiciones hacen el crucero imposible, los pagos recibidos serán conservados para un próximo crucero en acuerdo entre el arrendatario y la compañía. La compañía no hará ningún reembolso de los pagos recibidos. El suplemento sólo ida puede ser reembolsado.
11. Asistencia técnica
La Compañía se compromete a mantener un servicio de asistencia técnica durante las horas normales de trabajo, los siete días de la semana, y de ocuparse rápidamente de los incidentes técnicos según el personal y el material disponibles. De ocurrir una avería, el Arrendatario o el Jefe de a bordo deberán contactar inmediatamente la base de salida para que se efectúen las reparaciones. No se podrá realizar reclamación ni pedido de indemnización alguno a la Compañía a raíz de una encalladura, una avería o un fallo del motor o de su equipo cuya causa sea una negligencia o una falta del Jefe de a bordo o de su tripulación. En dicho caso, la Compañía se reserva también el derecho de reclamar al Jefe de a bordo o al Arrendatario los gastos incurridos para rectificar el incidente. En caso de que la encalladura, avería o fallo del motor o del equipo no sea imputable al Jefe de a bordo, y si no se realiza la reparación en las cuatro horas laborables siguientes a la información entregada por el arrendador (horas laborables: de las 8.30 a las 12.30 y de las 14.00 a las 18.00, del 1/03/2010 al 15/11/2010). la Compañía estará obligada a indemnizar al Arrendatario: le ofreceremos un descuento sobre la base de la tarifa diaria de alquiler para su próximo crucero. No se podrá presentar reclamación alguna contra la Compañía por un incidente técnico, de no haberlo señalado el Jefe de la base durante el crucero.
12. Gastos, multas y persecuciones
El jefe de bordo contestará sólo, a las autoridades cuales sean, persecuciones, multas y confiscaciones. En caso de embargo del barco alquilado, sin confiscación, el arrendatario tendrá que pagar a la compañía una indemnidad contractual de inmovilización correspondiente al precio de alquiler del barco más un 30%
13. Anulación y modificación
 a) Por el Arrendatario:
Para anular o modificar una reservación, el Arrendatario deberá informar a la Compañía mediante una carta recomendada con acuse de recibo, un fax o un correo electrónico. Los plazos previstos en el cuadro abajo están calculados a partir de la recepción por la Compañía del escrito que prevé esta cláusula. La anulación o la modifi cación se tomarán en cuenta en el momento de la recepción del escrito.
Condiciones de Anulación y de Modificación
Anulación del crucero:                  Con más de 43 días antes de la salida del crucero:  35% del precio del crucero (entrega no reembolsada) y con menos de 42 días antes de la salida:                  100% del precio del crucero (no hay reembolso)
Modificación de barco o de región / país, o de fechas, o de base de salida o de llegada: Con más de 43 días antes de la salida del crucero:   Gastos de 50 € (diferencia de tarifa a pagar obligatoriamente)* y con menos de 42 días antes de la salida: Equivale a una anulación (sin reporte de las sumas pagadas)**
*Por todo cambio de crucero de ida y vuelta en crucero de solo ida, el suplemento solo ida (entre 75€ y 150€) debe ser pagado. Los cambios de región o de base son posibles según las disponibilidades y no justifican la anulación del crucero.
** Todo cambio de barco, de región/ país, fechas de crucero o de base de salida o de llegada, a menos de 42 días de la fecha de salida está considerado como anulación del crucero. Sin embargo, cambios menores podrán ser aceptados con gastos de 50 € y reporte de las sumas pagadas. Ningún reembolso será echo. La compañía es la sola que tiene el poder decisorio.
 b) Por la Compañía
Si por circunstancias ajenas a su voluntad, la Compañía no puede poner a disposición del Arrendatario el barco que ha reservado, o un barco de capacidad y estándares similares o superiores a aquel reservado -para todo el período de arrendamiento que quede por cubrir, o parte de éste, la suma que ha pagado el Arrendatario podrá considerarse como adelanto para un viaje posterior, a acordar entre las dos partes, correspondiente a los días de privación de goce, sin que pueda pretender al pago por daños y perjuicios. Por circunstancias ajenas a su voluntad se entiende en particular: crecidas, reparaciones inopinadas de esclusas, cierre o reparación imprevistos de vías navegables, motines, huelgas, catástrofes naturales. La Compañía advertirá al Arrendatario en el más breve plazo sobre esta anulación o modificación, desde que tenga conocimiento de ella. En todo caso, se recomienda al Arrendatario contactar a la Compañía o directamente a su base de salida, 48 horas antes del embarque, para que le confirmen el trayecto.
14a. Seguro de vacaciones (Residentes Unión Europea)
En asociación con Mondial Assistance, Leboat le propone “el más completo de los seguros de viaje” que cubre: La anulación o interrupción de crucero La asistencia en el extranjero y gastos medicales Los daños a pertenencias personales La responsabilidad civil Precio 4.5% del precio del alquiler Seguro aplicable solamente a residentes de la unión europea La suscripción al seguro debe ser echa en el momento de la reserva o a más tardar al momento de la confirmación o sea máximo 7 días después del bloqueo del barco. Las condiciones detalladas están disponibles a petición. En caso de suscribir al seguro el arrendatario tendrá que completar un formulario Mondial Assistance.
14b. Plan de anulación (NO Residentes Unión Europea)
El seguro de Anulación se debe suscribir al realizar la reserva. Es válido para la anulación antes de la fecha de salida. De firmar el Arrendatario un seguro de Anulación (el 4.5% del importe del alquiler, véase “anticipo a pagar”), se aplicarán las siguientes condiciones:
– De recibir la Compañía la anulación más de seis semanas antes de la fecha de salida, ésta reembolsará al Arrendatario la suma pagada por el arrendamiento (salvo el importe por la suscripción al seguro de Anulación), y no se le reclamará ninguna suma restante adeudada.
– De recibir la Compañía la anulación menos de seis semanas antes de la fecha de salida, y si esta anulación se justificará por las circunstancias siguientes, el Arrendatario adeudará únicamente 90 €, y se le reembolsará cualquier otra suma (salvo el importe por la suscripción al seguro de Anulación).
– El seguro de Anulación será válido en las siguientes condiciones: accidente, enfermedad, fallecimiento, designación como jurado, despido o embarazo de uno de los miembros de la tripulación cuyo nombre haya sido escrito en el formulario de arrendamiento en el momento de la reserva; accidente, enfermedad o fallecimiento de un pariente cercano (padre, madre, cónyuge, hermano o hijo), que ocurra antes de la fecha de salida; huelgas, motines o guerra civil, que impidan al Arrendatario:
a) tomar posesión de su barco;
b) efectuar todo su crucero, en cuyo caso se reembolsará al Arrendatario un importe proporcional al número de días anulados. La Compañía podrá pedir al Arrendatario los justificativos que considere necesarios, correspondientes a los eventos que menciona este artículo. De no entregarlos, se aplicarán las disposiciones del artículo 4. Beneficiarán del seguro de Anulación únicamente los miembros que figuren en la lista de tripulación, adjunta a estas condiciones. No se reembolsará el importe pagado por la suscripción al seguro de Anulación (el 4.5% del precio de arrendamiento).

15. Accidentes, incidentes y pérdida/ daños de material
El Jefe de a bordo se compromete a señalar inmediatamente a la Compañía cualquier accidente que le ocurra a él o al barco. Se compromete a cumplimentar la Declaración de Accidente que incluye el Libro de a Bordo, y pedir a las terceras personas concernidas de cumplimentar y firmar esta declaración. El Jefe de a bordo no hará reparar los daños eventuales que sufra su barco ni las averías sin la autorización de la Compañía. A su llegada el jefe de bordo tendrá que señalar a la compañía los daños al casco del barco pero también firmar la ficha de inventario de los equipos del barco. El Jefe de a bordo se compromete a señalar todos los otros daños que hayan sufrido su barco, toda pérdida o robo de equipo y cualquier equipo dañado al regresar a la base. El jefe de bordo tendrá que pagar en la base un suplemento por los equipos perdidos dañados o robados. Tabla de embarque, mando a distancia (televisor / lector de DVD) Masa, piquetes de amarre, parasol, mesa, sillas y todo otro equipo del barco. En todo caso, el Jefe de a bordo es personalmente responsable de los accidentes o pérdidas cuyo origen sea una falta intencional o inexcusable suya, un incumplimiento de las normas de seguridad, de prudencia y de navegación, y en particular, conducir en estado de ebriedad o bajo la influencia de substancias que alteren la conciencia o la capacidad. El jefe de bordo está informado que en caso de avería, debe tomar todas las medidas necesarias para preservar lo mejor posible a la tripulación, el barco y sus equipos y de informar la compañía lo más rápido posible para pedir instrucciones.
16. Regreso del crucero
El barco debe ser devuelto a la Compañía al final del crucero y liberado a la hora y en el lugar previsto. La Compañía se reserva el derecho de hacerse reembolsar por el Jefe de a bordo o el Arrendador los gastos que el regreso tardío pueda conllevar, así como los gastos de abandono por un importe de 500€ por cualquier barco no devuelto en el lugar de embarque previsto, salvo caso de fuerza mayor. El Jefe de a bordo debe restituir el barco en el estado en el que se le confi ó, según el inventario de salida. Tendrá que vaciar la basura lavar los vajilla y otros utensilios, la ropa de cama tendrá que ser retirada y el puente superior limpiado. Si se devuelve el barco sucio, la Compañía se reserva el derecho de descontar gastos de limpieza, que pueden ser entre 70 y 125 €, según el tipo de barco.

17. Gastos de limpieza
Si no desea limpiar el barco antes de partir puede contratar el servicio de limpieza entre 70€ y 125€ según el modelo de barco. Nos encargaremos de la limpieza fi nal del barco sin embargo tendrá que retirar la ropa de cama y sacar la basura. El detalle de los precios por modelo de barco está disponible en nuestra página web.
18. Consumo de gasóleo
Los precios del combustible dependes de las variaciones del mercado y pueden cambiar durante la temporada. El Arrendatario o el Jefe de a bordo, paga el número de horas en que ha funcionado el motor. Antes de la salida, el Arrendatario o el Jefe de a bordo, será informado sobre el importe del coste fijo horario, anotándose el contador horario adeudado. El jefe de bordo tendrá que dejar una fianza de combustible de 150€ para cruceros de una semana y 100€ para mini cruceros. Detalle de las tarifas aplicables al momento de la reserva están disponibles a petición
19. Descripción de los barcos
Los planos, especifi caciones e ilustraciones de los barcos en el folleto han sido diseñados como indicación. En efecto, algunos barcos de una misma serie pueden presentar diferencias menores, como la orientación de las camas, el posicionamiento de los frigoríficos, de las duchas o los WC. Sin embargo, estas diferencias no alteran en nada las características del barco ni la calidad de la prestación.
20. Animales
Por un suplemento de 35€ por perro, con un máximo de 2 perros por barco puede llevar con usted su animal de compañía a bordo de nuestros barcos. Debe traer una cesta adecuada los perros no están admitidos en las banquetas ni en las camas. Si la base considera que una limpieza suplementaria es necesaria, entonces un suplemento de limpieza le será facturado.
21. franquicia robo de Bicicletas
Puede suscribir a esta franquicia en el momento de la reserva o al llegar a la base el día de la salida. Esta franquicia le permite de estar total mente cubierto en caso de robo de su bicicleta de alquiler Le boat. El precio por bicicleta es de 7€ por semana o 11 e para 2 semanas.
22. Datos personales
En el marco de la suscripción al contrato de alquiler de barcos con las compañías de Le Boat, algunas informaciones personales y bancarias serán pedidas al arrendatario. El arrendatario está informado que las compañías de Le boat aplican una política estricta de seguridad de los datos personales (PCIS) en lo que trata del registro y almacenamiento de datos confidenciales. De este modo el acceso a todo documento papel o informático con datos personales o bancarios está estrictamente controlado y protegido. Estos datos comunicados por el arrendatario sobre los formularios y el contrato de alquiler son exclusivamente destinados a la suscripción del presente contrato con nuestra compañía. El arrendatario debe consentir igualmente que las informaciones personales no confidenciales talles que nombre, dirección, etc, podrán eventualmente ser comunicadas a terceros particularmente las sociedades de Le boat. En el momento de la reserva, usted acepta que sus datos personales sean comunicados a las personas en cargo de la reserva podemos proporcionarle una copia de los datos que usted nos ha comunicado sobre petición. También podemos utilizar (excepto indicación contraria de su parte) su dirección, número de teléfono, número de móvil y dirección e-mail a fin de enviar nuestras ofertas especiales vía correo postal e-mail o teléfono. El arrendatario está informado que dispone de un derecho de acceso rectificación y de supresión sobre sus datos personales escribiendo a Le boat - Crown Blue Line - Connoisseur, Dirección Marketing y comercial, Le grand Bassin, 11492 Castelnaudary Cedex, Francia.
23. Ley aplicable al contrato
La ley aplicable a este contrato es la ley francesa.

Condiciones Generales de Alquiler de Barcos 2011 (Nicols)
1 - ALQUILER
- El alquiler es definitivo cuando Nicols o un agente, confirma al arrendatario su reserva después de recibir el formulario de reserva y la cantidad a cuenta estipulada. El arrendatario está informado de que, según el artículo L - 121-20-4 del código del consumo, no puede utilizar su derecho de retractación.
- Pago final. El resto deberá pagarse un mes antes de la salida, sin que sea necesario que Nicols tenga que reclamar el pago al arrendatario.
- Documentación. A la recepción del pago, Nicols o un agente enviarán al arrendatario los documentos pertinentes.
- Todo alquiler realizado con menos de 30 días de antelación a la salida deberá ser abonado en su totalidad en el momento de la reserva. Cualquier gasto bancario ira a cargo del arrendatario.
2 - APTITUD
- El responsable de la tripulación deberá ser mayor de edad y es responsable del barco y de las personas que naveguen con él.
- La conducción del barco es posible solamente para las personas mayores de 16 años de edad, en presencia efectiva a bordo y bajo la responsabilidad de una persona designada sobre la “carte de plaisance” (carta de recreo) como titular o habiendo atendido las clases de enseñanza inicial.
- El arrendador se reserva el derecho a denegar la entrega del barco si el responsable no parece apto para asumir esta responsabilidad, a pesar de cualquier referencia, títulos o diplomas eventualmente presentados. En este caso, el arrendatario estará en la posibilidad de cancelar el contrato sin ningún reembolso del o de las cantidades cargadas.
- El responsable de la tripulación se hará cargo del barco después de cumplir las formalidades (fianza, inventario), recoger los documentos administrativos y recibir las instrucciones de navegación necesarias
- El arrendatario deberá cumplir la reglamentación de navegación fluvial vigente y las instrucciones que reciba del arrendador y de las autoridades fluviales.
- Está prohibida la navegación de noche, remolcar, prestar o alquilar el barco.
3 - FIANZA
- El importe varía según el tipo de barco. Se deposita en el momento del embarque en efectivo o tarjeta de crédito.
- Una parte corresponde a la franquicia del seguro del barco y a una pérdida de explotación (fianza del barco) y otra a la limpieza, por si el barco no es devuelto perfectamente limpio (fianza de limpieza).
4 - SEGUROS
El importe comprende el seguro del barco que cubre los daños accidentales del barco o causados a terceros por el barco. Este seguro no garantiza : las personas a bordo del barco, sus objetos personales y su propia responsabilidad civil; la pérdida o la deterioración de material o equipamiento; el mal uso del barco por el arrendatario; las bicis y su utilización. El arrendatario permanece su propio asegurador a concurrencia del importe de la fianza. Podrá suscribir con el asegurador de su conveniencia o con el arrendador uno o los seguros que cubren:
- Los gastos de anulación (excepto los gastos de expediente)
- Sustitución de la mitad de la fianza del barco
- Interrupción del crucero.
- Accidentes corporales.
El seguro no garantiza la responsabilidad civil del arrendatario ni los daños, perdidas y otros gastos que resultan por ejemplo de un comportamiento culpable, intencional o inexcusable, de conducir en estado de embriaguez y / o bajo la influencia de estupefacientes o en infracción al código de la navegación fluvial.
5 - EQUIPAMIENTO DEL BARCO
El arrendatario se compromete a informar sobre cualquier perdida, robo o deterioro del equipo del barco y, si corresponde, a su reintegro.
6 - CONSUMIBLES
Están a cargo del arrendatario los carburantes, lubricantes, combustibles para la cocina, y en un modo general todos los consumibles necesarios para la buena marcha y el cuidado del barco durante todo el tiempo del alquiler. La tarifa aferente a estos puestos está indicada a valoración del arrendador, y está sujeta a las variaciones de los cursos del mercado. Las eventuales tasas de amarre o gastos de aparcamiento están a cargo del arrendatario y dependen de las escalas seleccionadas.
7 - BICICLETAS
Las bicicletas las custodia el arrendatario y están bajo su entera responsabilidad. En caso de robo, el arrendatario está obligado a hacer la declaración ante las autoridades policiales competentes y proporcionarle al arrendador el original del atestado correspondiente. El arrendatario o cualquier persona utilizando con su acuerdo, una de las bicicletas alquiladas, es el único responsable de los accidentes o daños causados o sufridos por el uso de dichas bicicletas.
8 - ANULACIÓN

Por el arrendatario:
Cualquier anulación deberá ser notificada por escrito.
Los gastos de anulación son los siguientes:
- Más de 8 semanas antes de la salida: 150 Euros de gastos de expediente.
- De 4 a 8 semanas antes de la salida: 30% del importe del alquiler (1).
- Menos de 4 semanas antes de la salida: 100% del importe del alquiler. En caso de que el barco fuese realquilado antes de la salida los gastos quedarían reducidos a los 150 Euros de gastos de expediente.
Por el arrendador:
Si por circunstancias involuntarias al arrendador, este no pudiese facilitar al arrendatario el barco alquilado, este se verá obligado a intentar facilitarle un barco similar en confort y capacidad equivalente. En caso de imposibilidad de reemplazar el barco en el plazo convenido, el arrendatario reembolsará al arrendador el importe del alquiler excluyendo cualquier otra suma, así como los posibles daños y perjuicios ocasionados.
9 - MODIFICACIONES
Todo perjuicio resultante de un cambio (de fecha, de barco, de región) solicitado por el cliente y aceptado por la compañía, será asumido en su totalidad por el cliente. Los costes se determinarán en base a las condiciones de anulación (ver párrafo 8).
10 - EMBARQUE
En caso de un trayecto de "solo ida" los puertos de embarque y desembarque podrán ser permutados. Asimismo un trayecto de "solo ida" podrá convertirse en un trayecto de "ida y vuelta" por motivos ajenos a la voluntad del arrendador. En este último caso, solo el importe correspondiente al suplemento "solo ida" será reembolsado. Es obligatorio llamar 48 horas antes del día de salida a la base para confirmar el trayecto de "solo ida" y el sentido del mismo. Estas modificaciones no podrán ser, en ningún caso, causa de anulación ni de indemnización.
11 - INTERRUPCIONES O RESTRICCIONES DE NAVEGACIÓN
- El arrendador no será responsable de cualquier indemnización en caso de interrupciones o restricciones de navegación debidas a razones distintas de su voluntad (obras, crecidas, sequía, huelgas, órdenes administrativas, etc.)
- Si estos acontecimientos conllevan el paro total de la navegación, sea el arrendador puede modificar el lugar y fechas de la salida y llegada del crucero, proponiendo un barco equivalente o más grande; sea las cantidades cargadas pueden ser utilizadas para otro crucero posterior convenido entre las partes. Al no ser el caso, estarán conservadas por el arrendatario.
- Si los acontecimientos se produjesen durante el crucero y estos conllevaran el paro total de la navegación y la perdida de uno o más días, estos serían reembolsados. En estos casos existe una franquicia de 24 horas (o 48 horas para la región Lot y de la Base)
12 - AVERÍAS
El arrendador pone al servicio del arrendatario un servicio de reparación gratuito que le asistirá tras una simple llamada, durante las horas de servicio.
Este servicio se deberá pagar en caso de comportamiento culpable del arrendatario.
Averías no imputables al arrendatario: La imposibilidad de navegación ocasionada por una avería no imputable al arrendatario será objeto de un reembolso a prorrata del tiempo del alquiler no cumplido. En estos casos existe una franquicia de 24 horas.
Averías imputables al arrendatario: Si se demuestra que la avería del barco es imputable al arrendatario, éste no tendrá derecho a indemnización.
El arrendador se reserva el derecho a retener la cantidad depositada como franquicia hasta conocer los gastos de reparación del barco.
13 - DETERIOROS - ACCIDENTES
Ninguna reclamación es posible en caso de accidente ocasionado por negligencia del arrendatario.
El arrendatario deberá informar inmediatamente al arrendador sobre cualquier siniestro. Este le informará sobre los pasos a seguir.
El arrendatario no deberá reparar o hacer reparar las destrozas o averías sufridas por su barco, sin acuerdo con el arrendador.
El arrendatario se ofrece a rellenar el atestado de accidente y hacerlo completar y firmar por las partes terceras.
Los siniestros no imputables al arrendador no podrán ser objeto de indemnización en caso de que estos supongan la interrupción del crucero.
14 - ABANDONO DEL BARCO
En caso de abandono del barco, excepto en caso súbito y prolongado de impracticabilidad de la vía de agua, el arrendatario facturará al arrendador los gastos de repatriamiento del barco hacia la base de llegada, según un costo fijo por día de 100 euros, más los gastos de carburante y limpieza.
15 - RESTITUCIÓN
El barco deberá ser devuelto al lugar, el día y a la hora convenida, excepto en caso de fuerza mayor.
El responsable de la tripulación tendrá que prever un margen de seguridad que le permita garantizar el respeto de la hora de devolución.
El barco será devuelto al arrendador en el estado en que fue entregado y tras repasar el inventario inicialmente realizado.
El arrendatario será el responsable de cualquier gasto ocasionado por el retraso en la devolución.
Cada día de retraso dará derecho a una indemnización equivalente al precio habitual del alquiler, aumentada con los gastos que el arrendatario deberá pagar al siguiente arrendatario.
16 - JURISDICCIÓN
En el marco de la normativa 90-314 del 13 de Junio de 1990 del Consejo de la Comunidad Europea, el alquiler no constituye un "Forfait". Solo el tribunal de Comercio del lugar de embarque será competente en caso de disputa (Convención de Bruselas 21/9/68 art. 5/1). Los lazos jurídicos que unen a Nicols y a sus afiliados, corresponden al lugar en que se realiza el contrato propiamente dicho. En todo caso, Nicols no puede intervenir en las modalidades de ejecución del contrato de alquiler y cada afiliado actúa como arrendador independiente.